El
pasado jueves 9 de abril se publicaba en Libertad Digital -LD- una noticia del
periodista Pedro de Tena basada en un artículo mío que se publicó en El
Demócrata Liberal ese mismo día con el título "La
Presidenta paralela y la AACID". Mi artículo trataba sobre las
millonarias subvenciones excepcionales que había concedido la Agencia Andaluza
de Cooperación Internacional y Desarrollo de la Junta de Andalucía en 2014 a distintas entidades,
al margen de la norma que regula las subvenciones en materia de cooperación
internacional. En el artículo razonaba la ilegalidad de estas ayudas excepcionales, no sólo porque el ordenamiento jurídico
no permite que la AACID otorgue subvenciones, sino porque no concurrían los
requisitos necesarios para justificar la excepcionalidad y se vulneraban los
principios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.
La
noticia de LD fue objeto de comentarios de algunos lectores, destacando los de
una persona que se identificaba con el nombre de Antonio Luis Delgado Gómez,
tanto por su insistencia como por pretender desvirtuar los argumentos de mi
artículo. Para ello hacía referencias a artículos de la Ley de creación de la
citada Agencia, así como de un Decreto aprobado en 2014 que modificaba los
Estatutos que regulan la misma.
Como
los comentarios de la citada persona se posicionaban en una clara defensa de la
actuación de la AACID, y para ello apuntaba normas que podían confundir a los
lectores, antes de responder a esta persona quise averiguar de quién se
trataba. Como resultado de la investigación obtuve la siguiente información:
según el perfil profesional publicado en la Red Linkedin por esa persona, es
Licenciado en Ciencia Políticas y Sociología, Ciencia de la Administración;
Licenciado en Derecho; Master of Business Administration (MBA) y Dirección
Comercial y Márketing. Además, ha trabajado en la Gerencia Provincial de Huelva
de la Agencia IDEA de la Junta de Andalucía, desde el año 2003 hasta 2012,
realizando las siguientes funciones: “Control de justificaciones de
Incentivos. Asesoramiento a las personas titulares de la Delegación Territorial
en Huelva de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la
Junta de Andalucía. Gestión de expedientes administrativos: solicitudes y
justificaciones de Incentivos; Contratos administrativos; Obras por
administración; Informes de recursos de alzada; Informes jurídicos varios.”
Por
otro lado, pude averiguar su afinidad al PSOE-A: se presentó a las elecciones
municipales de 2011 en la candidatura de este partido en el municipio de Huelva
(BOP de
Huelva de 26/04/2011, página 6722).
Por
tanto, estamos hablando de una persona que ha trabajado 9 años en una agencia
pública empresarial –IDEA- de la misma naturaleza que la AACID, con formación
jurídica, y por tanto se podría suponer que posee un profundo conocimiento del
régimen jurídico de las citadas Agencias. Sin embargo, al leer los comentarios
de esta persona llegué a la siguiente conclusión: o no es cierto que conozca
bien dicho régimen jurídico, o conoce dicho régimen e intencionadamente intenta
confundir a los lectores.
Debo
señalarles que esta persona, tras publicar mi respuesta, no ha vuelto a hacer
ningún comentario más, a pesar de que algunos de los lectores le han pedido que
responda al mío. Si hoy les presento a ustedes estos comentarios no es con
ánimo de desacreditar a la citada persona, porque se basta ella sola, sino para
remarcar que el caso de la AACID, al igual que los casos judicializados (ERE,
formación, Invercaria, etc.), no son más que el resultado de un sistema
diseñado a sabiendas por el Gobierno andaluz, incluso con numerosos
Decretos-Leyes, con la ayuda del rodillo de la mayoría socialista en el
Parlamento, a fin de favorecer intereses particulares en detrimento de los
intereses generales de los ciudadanos, despreciando el Estado de Derecho.
Juzguen
ustedes mismos, a la vista de los comentarios, hasta que punto los entes de la
Administración paralela de la Junta de Andalucía pueden conceder subvenciones,
avales, préstamos, inspeccionar o controlar actividades de los ciudadanos,
etc., es decir, seguir ejerciendo funciones que corresponden exclusivamente a
la Administración General y a su personal funcionario, regidos por el Derecho
Administrativo del que tanto le gusta huir al
PSOE-A.
A
continuación les dejo con algunos de los citados comentarios en orden
cronológico. Al final tienen disponible el enlace a la mencionada noticia de
Libertad Digital, en la que podrán ver todos los comentarios e incluso añadir
otros nuevos, si les place.
COMENTARIOS
Antonio
Luis Delgado Gómez
Antes
de nada hay que leerse la normativa a la que está sujeta la Agencia, entre la
que se encuentra la Ley 2/2006, aprobada por unanimidad del Parlamento, por la
que se le faculta para dar subvenciones (artículo 6.b).
También merece la pena leerse el resto de la Ley para comprobar, por ejemplo, que los actos dictados por la Agencia tiene la consideración de actos administrativos, (artículo 12.1), y como sí está sometida al control de la Intervención (artículo 15.2)
También merece la pena leerse el resto de la Ley para comprobar, por ejemplo, que los actos dictados por la Agencia tiene la consideración de actos administrativos, (artículo 12.1), y como sí está sometida al control de la Intervención (artículo 15.2)
Me
gusta·Más·el 9 de abril a la(s) 12:40
Pedro
De Tena Alfonso
Seguramente
es usted quien trabajó desde enero de 2003 a 2012 (9 años) en la Gerencia Provincial
de la Agencia IDEA. Luis Escribano, autor de la información en El Demócrata
Liberal, me dice que esa Ley que cita es de 2006, y vulnera artículos de leyes
posteriores. Además, considera que su análisis es parcial, pues a una actividad
de la Administración le afectan muchas leyes, no una sola. Por culpa de estos
desconocimientos están imputados tantas personas en IDEA.
Ya
no me gusta·7·Más·el 9 de abril a la(s) 13:51
Fran
Esan
Que
tiene que ver la normativa, con el hecho de que se derroche tal cantidad de
dinero, con la situación tan nefasta en que se encuentra Andalucía.
Me
gusta·5·Más·el 9 de abril a la(s) 14:00
Rafa
González
vaya,
Antonio, te han pillado, listillo!
Ya
no me gusta·6·Más·el 9 de abril a la(s) 14:12
Antonio
Luis Delgado Gómez
Pedro
De Tena Alfonso Si quiere ver la normativa más actualizada que rige a la
Agencia (no donde yo trabajaba, sino la de la noticia), puede recurrir al
Decreto 184/2014 (BOJA 9 de enero de 2015) que aprueba la actualización de sus
Estatutos. No recuerdo que haya leyes posteriores -tiene 4 meses y medio de
vida- que los invaliden sus actuales Estatutos, que prevén lo mismo sobre
facultades de concesión de subvenciones y control financiero por la
Intervención, así que si ud. o Luis Escribano las conocen CÍTENLAS.
Me
gusta·Más·el Viernes a la(s) 0:46
Antonio
Luis Delgado Gómez
Fran
Esan Tiene que ver que si el uso del dinero se hace de acuerdo con la normativa
pues no puede ser ilegal o irregular.
Me
gusta·Más·el Viernes a la(s) 0:47
Antonio
Luis Delgado Gómez
Rafa
González No, no me han pillado. Yo sólo he puesto una muestra de la normativa y
ahora le he respondido con la más actual. Son ellos los que NO demuestran que
se incumpla la normativa pues la ocultan. Y en Derecho Administrativo las
subvenciones nominativas y excepcionales, fuera de convocatorias, no son
ilegales, sino que está contemplada su posibilidad.
Me
gusta·Más·el Viernes a la(s) 0:52
Victoria
Perez Garcia
Normativa
aprobada por el Parlamento.... Andaluz?
Me
gusta·1·Más·el Viernes a la(s) 3:52
Rafa
González
Tienes
el PSOE de Huelva entre tus 'Me gusta' en Facebook? Ahora lo entiendo todo.
Tienes una verdadera Pitón en el terrario y la sacas a pasear como Pedro por su
casa.
Ya
no me gusta·3·Más·el Viernes a la(s) 8:11
Luis
Escribano
En
repuesta a los comentarios del Sr. Delgado Gómez:
No
ha manifestado usted ni un solo argumento en contra de las razones que he
expuesto en mi artículo para demostrar la ilegalidad del otorgamiento de
subvenciones excepcionales existiendo unas bases reguladoras y una convocatoria
para el año 2014, que es lo que ha hecho la AACID en contra de lo establecido
en las normas citadas en mi artículo. Además, las instrucciones y la guía de
fiscalización de la Intervención General de la Junta de Andalucía para las
subvenciones excepcionales me dan la razón en todo. Le recomiendo su lectura,
si no tuvo ocasión en el tiempo que estuvo trabajando en la Agencia IDEA.
Si
es mentira lo que he manifestado en mi artículo, no entiendo lo que tarda la
Junta de Andalucía en llevarme ante un Tribunal o, al menos, en requerirme una
rectificación. No lo hará, silenciará la noticia para que no se cree polémica
con este asunto, y ocultar la verdad. Usted mismo, que según el perfil
profesional que muestra en la red Linkedin es Licenciado en Derecho y máster
MBA, puede redactar una denuncia conforme a Derecho y presentarla en la
Fiscalía si cree que he imputado algún delito a cargos públicos del PSOE
faltando a la verdad, partido que, según parece, es de su agrado.
Como
usted debería saber, desde el año 2007 está en vigor la Ley 7/2007, del
Estatuto Básico del Empleado Público (cuyo rango es superior a cualquiera de
los Decretos que usted cita), cuyo artículo 9.2 establece que "En todo
caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o
indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de
los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas
corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en
la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca".
Otorgar
subvenciones es una función directamente relacionada con la actividad de
fomento de las Administraciones, una de las archiconocidas potestades públicas.
Por ello, sólo LOS FUNCIONARIOS pueden participar en ese ejercicio, y según la
misma Ley que usted cita de 2006, de creación de la AACID, el personal de esa
Agencia es PERSONAL LABORAL (art. 13), puesto que se rige por el Derecho
privado (como ocurre en la Agencia IDEA y en las demás agencias
empresariales).Tanto el Tribunal Supremo como el TSJA han dictado muchas
sentencias dándome la razón por este motivo, todas indicadas en el recurso
contra el Decreto de los Estatutos de la AACID que usted cita. Es más, hay
informes del Gabinete Jurídico de la Junta que lo avala.
Y
respecto al tema del control de la Intervención, no se salga por la tangente ni
intente confundir a los lectores y responda a esta sencilla pregunta: ¿es o no
cierto que en la AACID -como en la Agencia IDEA- las subvenciones se otorgan
SIN FISCALIZACIÓN PREVIA de FUNCIONARIOS interventores? Simplemente diga sí o
no, que es lo que planteo en mi artículo. El control financiero al que usted se
refiere se realiza por la Intervención con técnicas de auditoría como el que
hace la Cámara de Cuentas: un control posterior de una muestra de expedientes
(no de todos los expedientes y en dos fases antes del pago, como ocurre en las
Consejerías), pero pasados muchos meses o años después, cuando la ilegalidad ya
está cometida y se hace complicada o inútil la recuperación del dinero.
Usted
sabe muy bien por qué al PSOE le interesa la huida del Derecho Administrativo:
evitar los férreos controles de la Administración General y así poder desviar
los fondos, como lleva denunciando la Cámara de Cuentas en sus informes cada
año. Por cierto, en su Informe de 2010 sobre la AACID, la Cámara de Cuentas
dijo lo siguiente: “Se recomienda no utilizar el convenio para justificar el
carácter excepcional de las subvenciones y obviar los principios de publicidad
y concurrencia”. ¿Le suena de algo? Si hicieran hoy el Informe, directamente
denunciarían la ilegalidad.
No
se cual es su verdadera intención, si confundir a los lectores o que realmente
no tiene conocimiento alguno de como funciona la Administración General de la
Junta de Andalucía, que nada tiene que ver con una agencia pública empresarial
como la Agencia IDEA, en la que según el perfil citado, usted ha trabajado 9
años, y para lo cual usted no tuvo que realizar ninguna oposición, sino que,
como mucho, le harían una entrevista. Y si no es así, muestre a todos los lectores
la convocatoria pública a las que usted se presentó, donde figure todas las
pruebas que realizó, el temario que tuvo que estudiar, las pruebas que le
realizaron y las calificaciones que obtuvo, y el boletín oficial donde salió
publicado su nombramiento en la Agencia IDEA. ¿No lo tiene? ¿Por qué? Según la
Constitución, usted sólo puede trabajar en la Junta de Andalucía si cumple los
principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Yo,
al contrario, voy a ser con usted y con los lectores transparente: me presenté
a las oposiciones correspondientes a la segunda oferta de empleo público de la
Junta de Andalucía, y todo mi proceso de ingreso está publicado en el BOJA:
Decreto 15/1991, de 29 de enero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para 1991 (BOJA 1/2/1991); Orden de 27 de marzo de 1991, por la que se
convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo,
opción: Química (BOJA de 30/3/1991); Orden de 16 de octubre de 1992, por la que
se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta
de Andalucía, opción Química (BOJA de 29/10/1992).
Quizá
el hecho de que usted no haya aprobado ninguna oposición a la Administración
General de la Junta de Andalucía explique su desconocimiento sobre el funcionamiento
de la misma y de TODA la normativa que regula la concesión de subvenciones.
Como Licenciado en Derecho, debería saber que a cualquier actividad de la
Administración no le afecta sólo una Ley y un Decreto, como usted parece
defender. Si por casualidad está buscando empleo, por favor, no trabaje en la
Junta de Andalucía, por el bien de los andaluces.
Ya
no me gusta·11·Más·el Viernes a la(s) 17:05
…………………….
Enlace: Artículo
de Libertad Digital
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